EL PAÍS
ISABEL FERRER
El Gobierno mexicano denunció el allanamiento de su sede diplomática por la policía ecuatoriana para arrestar al exvicepresidente Jorge Glas
El Tribunal Internacional de Justicia de Naciones Unidas (TIJ) no ha considerado este jueves necesario dictar medidas cautelares en la demanda presentada por México contra Ecuador por vulneración de las leyes internacionales al haber allanado su embajada en Quito. El pasado 5 de abril, la policía ecuatoriana sacó de allí a la fuerza al exvicepresidente del país andino, Jorge Glas. El Gobierno mexicano había pedido a los jueces que se protegiera su sede diplomática y las residencias privadas de sus representantes, y el TIJ considera suficientes las garantías ofrecidas al respecto por el Ejecutivo ecuatoriano pero renuncia de momento a ir más allá. No obstante, el tribunal sí ha subrayado la inviolabilidad de las legaciones diplomáticas y que su decisión no prejuzga la competencia para abordar el fondo del caso. Ambos países han roto sus relaciones diplomáticas.
La decisión del TIJ, leída por su presidente, Nawaf Salam, indica que Ecuador se ha comprometido a “garantizar la protección y seguridad de las instalaciones, propiedades y archivos de la embajada mexicana”. Permitirá también “que sean despejadas las sedes diplomáticas, y se abstendrá de cualquier acción que pueda agravar la disputa y a buscar una solución pacífica” a la misma. Dado que “no hay un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable para los derechos de México”, no caben las cautelares.
Un precedente “desconcertante”
A finales de abril, México arropó su demanda ante el TIJ aduciendo que “los Estados no pueden invocar medidas internas para incumplir las normas internacionales”, en palabras de Alejandro Celorio Alcántara, consultor jurídico del Servicio Exterior mexicano. Dijo, además, que con el asalto se había sentado un precedente “desconcertante que repercute en toda la comunidad internacional”. La demanda incluía que Ecuador fuese suspendido como miembro de Naciones Unidas hasta que no presente unas disculpas formales por lo ocurrido. Y que el tribunal sentara un precedente declarando que un Estado puede llegar a ser expulsado de la ONU por casos como este.
El fallo del TIJ recalca la necesidad de resolver las disputas diplomáticas por medios pacíficos, y reafirma que “embajadas y consulados, y su personal, son inviolables como principio fundamental de las relaciones internacionales”. La irrupción de la policía ecuatoriana en la embajada de México puede calificarse de extraordinaria porque la Convención de Viena de 1961 —el texto invocado por México y reseñado por los jueces— no solo regula las relaciones diplomáticas. Garantiza el intercambio pacífico interestatal. Así lo ha recordado el presidente del TIJ, Nawaf Salam.
La policía ecuatoriana irrumpió el pasado 5 de abril en la sede diplomática de México en Quito para impedir la huida del exvicepresidente Jorge Glas, según el Gobierno de Daniel Noboa. Acusado de malversación de fondos, pasó cinco años en la cárcel por varios casos de corrupción durante la etapa del presidente Rafael Correa. Fue puesto en libertad en noviembre de 2022 por motivos de salud, y Ecuador ha justificado la operación policial por el supuesto riesgo de fuga ante la negativa mexicana de permitir su detención. Había obtenido además la condición de asilado político.
En su contestación a la demanda de México, Ecuador argumentó que sus representantes podían sacar sin problemas los bienes y documentos que deseen de su embajada en Quito porque no están desprotegidos. Y que las circunstancias que desembocaron en el arresto de Jorge Glas ya no existen. “No hay, por tanto, un caso que deba ser tenido en cuenta por el tribunal”, según aseguró en mayo pasado Andrés Terán Parral, embajador ecuatoriano en Países Bajos. Para el Gobierno del país andino, México obstruyó su sistema judicial e interfirió en sus asuntos internos al acoger a Glas.