*La actual legislación contiene lagunas que hay que solventar
*Busca la protección de derechos en favor de los familiares
Guadalupe López Espinosa
Xalapa
Los y las diputados integrantes del grupo legislativo del Partido Acción Nacional presentaron una Iniciativa de ley para la Desaparición de Personas del Estado de Veracruz, que tiene por objeto reconocer y garantizar los derechos a la identidad y personalidad jurídica de la víctima sometida a desaparición, hasta en tanto se conozca su paradero o se declare la presunción de muerte o se confirme la misma.
En su exposición de motivos, señalan que el creciente clima de violencia e inseguridad que se vive en México, la delincuencia, la inacción de muchas autoridades y diversos factores de orden social, económico e incluso político, han provocado un ambiente de temor por lo que hace a las desapariciones en sus diferentes modalidades.
Mencionan que el problema no sólo reviste relevancia por tratarse de violaciones a los derechos humanos, sino que, la desaparición de una persona, a partir de la comisión de un delito, es un hecho que se realiza y se sigue realizando de manera continua, es decir, persiste en el tiempo, ocasionando dolor e incertidumbre en los familiares y círculo afectivo más próximo de la víctima.
Puntualizan que la mayoría de las ocasiones, sufrir un evento de esta naturaleza provoca un cambio radical en la dinámica de las familias y padres, quienes vuelcan todos su recursos y esfuerzos en la localización de las víctimas, razón que lleva a la pérdida de sus empleos o descuido de los ingresos económicos, causando con ello más perjuicio del ya sufrido.
En este tema, si bien el Código Civil del Estado contempla en el capítulo II “De la declaración de ausencia” el procedimiento de la citada declaración y los efectos de la misma, esta regulación es insuficiente, pues está orientada a proteger los derechos patrimoniales y hereditarios de la víctima, los cuales si bien son relevantes, no son los únicos aspectos a considerar, ya que la desaparición forzada o involuntaria de una víctima a partir de la comisión de un delito, implica muchas más vertientes que quedan desprotegidas y no reguladas, no únicamente en el ámbito civil sino también en el financiero que impacta en la propia economía familiar.
Por ello, la presente iniciativa de ley contempla la adopción de medidas de protección en favor de los familiares de las víctimas, cuestión que no se encuentra en el procedimiento civil. La declaración de ausencia y la presunción de muerte, reguladas por el Código Civil, no satisfacen las necesidades inmediatas de las víctimas de desaparición, ya que los plazos previstos prolongados, llevan de 2 a 4 años o más y los efectos jurídicos son limitados en lo que respecta a las deudas y créditos que pudiera tener el desaparecido, e implican trámites onerosos.
Las figuras de declaración de ausencia y declaración de presunción de muerte previstas en la legislación civil del Estado, se constituyen como acciones que se ejercen por quien tenga interés en los derechos reales del desaparecido; mientras que la Ley para la Declaración de Desaparición de Personas que se propone, además de garantizar medidas en los bienes y derechos de la persona desaparecida, puede acarrear medidas de protección de derechos en favor de los familiares u ofendidos de la víctima.