28 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Hoteles del IPE, en comodato  

*Aseguran que la sociedad mercantil Operadora de Hoteles Xalapa-Chachalacas los maneja

*No tiene obligación de rendir cuentas

 

Naldy Rodríguez

Xalapa

 

Los hoteles Xalapa y Chachalacas, activos del Instituto de Pensiones del Estado (IPE), fueron otorgados en comodato desde 2010 y por tiempo indeterminado a una sociedad mercantil, que no tiene dentro de sus facultades rendir cuentas.

El IPE cedió a través de un contrato de comodato la administración de los inmuebles, así como el mobiliario, equipo y/o menaje, y también su uso y goce. La única obligación que tiene la sociedad mercantil es prestar el servicio hotelero, de ningún otro tipo.

“El comodante concede el uso y goce de los bienes inmuebles consistente en los hotelesXalapa y Chachalacas descritos en la declaración II del presente contrato a El Comodatario, quien manifiesta recibirlos de conformidad en el estado de funcionamiento y uso en que se encuentran”, señala el contrato del cual se tiene copia tras un largo proceso por la vía de la transparencia.

Esto, luego de que se le solicitara conocer el número de personas que se han hospedado en ambos hoteles, así como los gastos de operación e ingresos, información que negó desde un inicio el IPE bajo el argumento de que no poseía esa información.

El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) avaló su negativa en virtud de que es la sociedad mercantil Operadora de Hoteles Xalapa-Chachalacas, S de RL la que administra y usufructúa los hoteles que posee el IPE.

 

Cláusulas del comodato

Bajo la dirección de Abel Cuéllar Morales, el 4 de marzo de 2010 se concedió al “Comodatario” el uso y goce de los bienes inmuebles consistentes en los hoteles Xalapa y Chachalacas en el estado de funcionamiento y uso en el que se encontraban en ese momento.

La sociedad mercantil a la que se otorgó el usufructo de los inmuebles tiene la unica obligación de utilizarlos para prestar servicios de hotelería y hacerse cargo de los daños y perjuicios que sufran durante su administración, de lo contrario le sería revocado el contrato.

La clausula quinta y sexta señalan que el “comodatario” no podrá conceder a terceros el uso y goce de los bienes entregados en comodato y que deberá cubrir los gastos, impuestos y derechos estatales y federales relacionados y derivados con la conservación, mantenimiento, uso y goce de la totalidad de los bienes.

 

El contrato que proporcionó el mismo Instituto de Pensiones del Estado paradesligarse de la administración de los hoteles aparece firmado por Felipe José Sosa García como Gerente General de la Operadora de Hoteles Xalapa-Chachalacas y por el entonces subdirector Administrativo del IPE, José Adán Córdoba Morales, quien hoy se desempeña como titular de la Unidad de Acceso a la Información Pública del mismo instituto.