29 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Insiste Armenta en elección de jueces y ministros por voto popular

 

 

 

 

 

 

 

EL UNIVERSAL

CIUDAD DE MÉXICO

El senador Alejandro Armenta reiteró la necesidad de que los integrantes del Poder Judicial de la Federación sean electos de manera directa, es decir por el voto popular, y en los términos que disponga la ley electoral, pues así serán designados democráticamente y no por una minoría que establezca una justicia de subordinación.

Dijo que las funciones y responsabilidades de los jueces, juezas, magistradas y magistrados es de suma importancia, pues son la base estructural del Estado que se encarga de desarrollar una sociedad justa. "De ahí deriva la imperiosa necesidad de que sus cargos sean asignados mediante elección popular".

El pasado 27 de abril, el legislador de Morena enlistó en la Gaceta Parlamentaria un proyecto para reformar el artículo 94 de la Constitución Política, con el propósito de que la elección del Poder Judicial sea directa y en los términos que disponga la ley electoral.

Si el Ejecutivo y el Legislativo son sometidos a consideración popular, lo justo es que también lo sea el Poder Judicial, subrayó en la iniciativa que fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

Alejandro Armenta recordó que el Poder Judicial de la Federación cuenta con las atribuciones necesarias para impartir justicia y para mantener el equilibrio entre los demás Poderes.

También refirió que los integrantes de este Poder son, entre otros, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados de los Tribunales de Circuito -Colegiados y Unitarios– y los Jueces de Distrito.

Ellos son responsables, entre otras cuestiones -explicó el senador-, de interpretar las leyes; resolver las controversias que surjan entre particulares, cuando se trate de asuntos de competencia federal; intervenir en las controversias que se susciten cuando una ley o acto de autoridad viole garantías individuales, y resolver conflictos entre autoridades, por ejemplo, cuando aleguen una invasión en su ámbito de atribuciones.