*Comisión Instructora emitió un dictamen favorable para concretar juicio de procedencia contra el alcalde de Coatepec
*Hay elementos de prueba con los cuales se pudiera acreditar su probable responsabilidad en el homicidio de Guillermo Pozos
Guadalupe López Espinosa
Xalapa
La Comisión Instructora del Congreso local emitió el dictamen por el que desafuera a Roberto Pérez Moreno, alcalde de Coatepec, al determinar que hay elementos de prueba con los cuales se pudiera acreditar su probable responsabilidad en el delito de homicidio en contra de quien fuera su tesorero, Guillermo Pozos Rivera.
El dictamen fue firmado por los tres integrantes de la Comisión Instructora, es decir, los priistas Juan Manuel Velázquez Yunes y Raúl Zarrabal Ferat, presidente y vocal, respectivamente, así como el panista Edgar Hugo Fernández Bernal, secretario.
Dicho documento fue firmado en presencia del fiscal general del estado, Luis Ángel Bravo Contreras, y la abogada Aída Gómez Uscanga, quien representó a la defensa, y a quienes se les entregó copia del dictamen.
El fiscal dijo al respecto que tan pronto el Pleno del Congreso, al cual se turnará el dictamen, apruebe el desafuero de Pérez Moreno, la Fiscalía estaría ejerciendo la acción penal y ya un juez decidirá si concede o no la orden de aprehensión.
En conferencia de prensa que ofrecieron al término de la reunión que sostuvieron para tal efecto, el diputado Juan Manuel Velázquez Yunes manifestó que llegaron a la conclusión de que es procedente el desafuero y estaban entregando el dictamen respectivo a ambas partes (fiscal y defensa).
Apuntó que dicho dictamen lo emitieron dentro del plazo de las 72 horas que tenían para hacerlo después de la audiencia de pruebas y alegatos, y el siguiente paso es remitirlo a la Secretaría General para que la enliste y la pueda presentar ante el Pleno.
Agregó que no hay un plazo para que se enliste el asunto, ya que esto no depende de esta comisión, sino que depende de la agenda y de la planeación de la Junta de Coordinación Política, aunque obviamente tendrá que ser en breve, ya sea en la siguiente sesión o en la que le sigue.
Mencionó que el fundamento jurídico de esta determinación es que Roberto Pérez Moreno es funcionario público que cuenta con fuero y que existe claramente la probable presunta responsabilidad de un delito.
Esto se hace con base en el artículo 23 de la Ley de Juicio Político en virtud de que analizando y estudiando las constancias que les hizo llegar la Fiscalía General del Estado, de ellas se desprende que hay ciertos datos de prueba con los cuales se pudiera acreditar la probable responsabilidad de los hechos que le imputa la Fiscalía a Roberto Pérez Moreno.
Por su parte, el fiscal señaló que tan pronto el Congreso en pleno determine desaforar a Pérez Moreno, la Fiscalía estaría ejerciendo la acción penal y ya un juez decidirá si concede o no concede la orden de aprehensión y es hasta en tanto puede actuar la fiscalía.
Mencionó que el artículo 16 de la Constitución no exige más que datos que haga probable que una persona participó en un hecho, el 19 exige un poquito más de elementos pero “para este caso los hay de sobra y la prueba está en que los diputados acaban de fallar en este sentido”.