29 de Noviembre de 2024
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Código Electoral, va

*Se aprobó con 34 votos a favor, cero en contra y la abstención del diputado priista Ricardo Ahued Bardahuil

*Confirma gubernatura de dos años

Guadalupe López Espinosa

Xalapa

Con el voto de la mayoría priista y del PVEM y Panal, y con algunas modificaciones, el Congreso local aprobó la iniciativa de Código Electoral para el Estado de Veracruz, del cual destacan la gubernatura de dos años, la reelección de diputados locales por cuatro periodos consecutivos, las candidaturas independientes, y el nombramiento del secretario ejecutivo del IEV por parte del Congreso local, y quien podrá permanecer en el cargo hasta 12 años.

El Artículo 114 fue el más cuestionado por el PAN, PRD y MC, ya que establece que “el secretario ejecutivo (del IEV) durará en el cargo seis años, será nombrado por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado y podrá ser ratificado en el cargo por un periodo igual”, es decir, se mantendrá en el cargo 12 años.

Entre los cambios que se hicieron al proyecto original, se optó por modificar la redacción de los artículos 14 y 16 referentes a las fórmulas de candidatos a diputaciones y cargos edilicios, respectivamente y al numeral 173, relativo a los registros de candidaturas, a fin de precisar que 50 por ciento de las postulaciones corresponderán a personas de un género y el otro 50 por ciento al género distinto.

Asimismo, se determina que el inicio del proceso electoral es en los primeros 10 días del mes de noviembre, como actualmente lo prevé la legislación local actual local, y no en octubre como lo planteaba originalmente la iniciativa enviada por el Ejecutivo estatal.

Respecto de la situación laboral de quienes actualmente prestan sus servicios en el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, toda vez que éste dejará de formar parte de este Poder una vez que el Senado de la República designe magistrados del nuevo órgano jurisdiccional electoral local, queda garantizado que los magistrados y demás servidores públicos del actual Tribunal, continuarán perteneciendo al Poder Judicial en los términos de los nombramientos correspondientes.

Así también se especifica que las elecciones locales tendrán lugar el primer domingo de junio de 2016 y que el gobernador del estado entrará en funciones el primero de diciembre de 2016 y concluirá su mandato el 30 de noviembre de 2018.

Entre sus partes medulares está la reducción de los tiempos de campaña para los tres tipos de elecciones, es decir, 60 días para la elección de gobernador y 30 días en el caso de diputados y ediles.

También garantiza la equidad de género en las candidaturas de partidos y coaliciones, no sólo para diputados locales, como manda la Constitución General de la República y las leyes generales en materia electoral, sino también para integrantes de los ayuntamientos.

Asimismo, se propone que los diputados locales podrán ser elegidos hasta por cuatro periodos de manera consecutiva, pero no se establece la reelección para presidentes municipales. Sólo se establece que la elección de ayuntamientos se realizará cada cuatro años, como está actualmente.

 

Destaca del nuevo código la regulación de las candidaturas independientes. Esta figura no operará en candidaturas a diputados plurinominales o de representación proporcional ni en regidores. Para la candidatura a gobernador, quien aspire deberá contar con una cédula de respaldo que ampare la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente a 3 por ciento de la lista nominal de electores, y deberá estar integrada por electores de todos los distritos electorales.