- “No somos jueces”, la Comisión Instructora acordó no impedir el seguimiento del caso, explicó su presidente, Juan Manuel Velázquez Yunes
Xalapa, Ver.
De manera objetiva, dos de los tres miembros de la Comisión Permanente Instructora definimos que existen los elementos requeridos para que el Pleno de la LXIII Legislatura del Estado determine si procede o no el desafuero del presidente municipal de Medellín de Bravo, Omar Cruz Reyes, acusado de la autoría intelectual y muerte del periodista Moisés Sánchez Cerezo, explicó su presidente, el diputado Juan Manuel Velázquez Yunes.
Durante una entrevista, el Legislador dijo que para elaborar el Dictamen se cumplieron los tres puntos requeridos en el procedimiento: “Que exista un funcionario público con fuero, como es el caso; un delito, y hay un homicidio, un muerto y una situación encontrada y probada, y finalmente está el señalamiento hacia el Presidente Municipal por su presunta responsabilidad”.
Recordó que ni los diputados integrantes de la Comisión ni el Congreso del Estado son juzgadores: “No impartimos justicia, eso le toca a un Juez. Nosotros cumplimos con el procedimiento en términos administrativos y por eso determinamos no impedir el seguimiento del caso, y que la persona sea juzgada por una autoridad con facultades, más allá de que sea o no culpable”.
Velázquez Yunes dijo que el Dictamen obtuvo mayoría, aun cuando el secretario de la Comisión Permanente Instructora, Édgar Hugo Fernández Bernal, no estuvo de acuerdo en remitirlo al Pleno. El documento se entregó a la Secretaría General y sería enlistado para que la Diputación Permanente cite a una Sesión Extraordinaria, en la que dos terceras partes de los 50 legisladores locales determinarían si el desafuero procede.
El presidente municipal con licencia, Omar Cruz Reyes, tendría la oportunidad de exponer sus argumentos y defenderse durante esa sesión, ya sea personalmente o a través de su representante legal, agregó.
En este caso –continuó– los miembros del Congreso tendrán que ser muy objetivos. Su participación sólo está en retirar o no el fuero a una autoridad, para que pueda ser juzgada por quien tiene las facultades, el perfil y los conocimientos para hacerlo: “En el Sistema Penal existen instancias a las que un acusado puede recurrir, con diferentes recursos, para probar su inocencia”.