Jorge Morales/
Xalapa.-
La promoción del informe de labores del senador priista José Yunes Zorrilla, por medio de espectaculares en diversas ciudades del estado, no viola ninguna disposición legal.
De acuerdo con Juan Marcos Dávila Rangel, secretario de Estudio y Cuenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los espectaculares del legislador están permitidos en la ley electoral y no pueden considerarse actos anticipados de campaña ni violan disposición alguna.
El experto destacó que la ley electoral vigente permite que los representantes populares hagan una promoción mediática con motivo de sus informes de labores “en una temporalidad específica”.
Sin embargo, reconoció que también hay “vacíos y huecos”, al permitirse que la promoción sea “personalizada” y no institucional.
“Qué tanto y cuánto se puede invertir en eso, no está regulado, hay un enorme hueco”.
“Desde 2008 se ha venido criticando que si la Constitución no permite la promoción personalizada de los informes públicos, ¿porqué los informes en una ley secundaria lo está permitiendo?”.
Actualmente dijo que el criterio que prevalece es el de Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que es válida la promoción personalizada.
“La Corte resolvió que es constitucional y nos tenemos que ir con esa, a menos que la cambie en un futuro”.
En opinión de Dávila Rangel sí es importante que legisladores regulen aun más el tema de los informes de labores de los representantes populares para determinar con claridad si es válido que éstos sean personalizados e incluyan imagen, voz y nombre.
Advirtió que por lo pronto lo que sí está claramente prohibido es hacer promoción personalizada fuera del periodo de los informes o que los representantes populares se promuevan abiertamente con fines electorales fuera de los términos establecidos para precampañas y campañas.