23 de Noviembre de 2024
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Entra en vigor Código Nacional de Procedimientos Penales

 *Abrogados, los códigos anteriores; se unifica la aplicación del sistema acusatorio y oral

*Declaratoria fue aprobada con 44 votos a favor y dos en contra en el Congreso local

 

Guadalupe López Espinosa

Xalapa

El Congreso local, en sesión extraordinaria, declaró la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales en el Estado de Veracruz, con el cual se regirá el nuevo sistema de justicia penal acusatorio o juicios orales, declaratoria que se aprobó con 44 votos a favor y dos en contra.

Se hace mención en el dictamen presentado por la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales que para uniformar la aplicación del sistema penal acusatorio y oral se requiere emitir la declaratoria que ponga en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales en el estado de Veracruz, estableciendo la aplicación gradual del mismo en los diferentes distritos judiciales de la entidad.

Se establece, en ese sentido, que el Código Nacional de Procedimientos Penales entrará en vigor en los términos que a continuación de indican:

En los distritos judiciales Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Décimo, Decimoprimero, Decimosegundo y Decimocuarto, con cabeceras en los municipios de Pánuco, Ozuluama, Tantoyuca, Huayacocotla, Chicontepec, Tuxpan, Jalacingo, Xalapa, Coatepec y Córdoba, entrará en vigor el día 11 de noviembre de 2014.

En los distritos judiciales Séptimo, Octavo, Noveno, Decimotercero, Decimoquinto y Decimosexto, con cabeceras en los municipios de Poza Rica, Papantla, Misantla, Huatusco, Orizaba y Zongolica, el día 12 de mayo de 2015.

En los distritos judiciales Decimonoveno, Vigésimo y Vigesimoprimero, con cabeceras en los municipios de San Andrés Tuxtla, Acayucan y Coatzacoalcos, el día 10 de noviembre de 2015.

En los distritos judiciales Decimoséptimo y decimoctavo, con cabeceras en los municipios de Veracruz y Cosamaloapan, el día 11 de mayo de 2016.

Se hace mención de que en la medida en que en cada distrito entre en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales, cesará la vigencia del Código de Procedimientos Penales que se venía aplicando previamente y se observará lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio del presente decreto.

Queda establecido en la iniciativa que en los distritos judiciales del estado en donde aún no entre en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales en los términos de la presente declaratoria se seguirá aplicando el Código Procesal que ha regido en ellos.

Iniciada la vigencia del Código Nacional de Procedimientos Penales en todo el estado de Veracruz quedarán abrogados los Códigos de Procedimientos Penales anteriores, sin embargo, respecto de los procedimientos penales que a la entrada en vigor de dicho ordenamiento se encuentren en trámite, continuarán su substanciación de conformidad con la legislación aplicable en el momento del inicio de los mismos.

 

Cabe recordar que a la fecha ya se aplica el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio o juicios orales en los distritos Judiciales de Coatepec, Xalapa, Jalacingo y Córdoba, y están regidos por el Código de Procedimientos Penales del Estado 574, mientras que en el resto de los distritos se sigue aplicando el Código procedimental tradicional, pero ambos quedarán abrogados al entrar en vigor el Código Nacional que fue publicado el 5 de marzo de 2014 en el Diario Oficial de la Federación.