En contra de la regidora quinta.
ÁNGELES ANELL
XALAPA
En sesión virtual del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), la magistrada presidenta y magistrados, acreditaron la violencia política en razón de género en contra de la Regidora Quinta del Ayuntamiento de Altotonga, Veracruz, por la reiteración del Presidente municipal de no convocarla correctamente a sesiones de cabildo.
En el juicio ciudadano 552 de este año, promovido por la regidora quinta del Ayuntamiento en mención, controvierte la omisión del presidente municipal de no convocarla debidamente a la Sesión de Cabildo del 14 de agosto de 2020, además señala que se cometen actos constitutivos de violencia política en razón de género en la sesión referida.
El Tribunal, al realizar el estudio, destaca que durante el desarrollo de diversas sesiones, conforme al marco jurídico y con base al test previsto en el Protocolo para la atención de la violencia política contra las mujeres en razón de género, se acreditan los actos en contra de la actora en su calidad de Regidora Quinta del Ayuntamiento.
En la sesión de cabildo del 14 de agosto existió una indebida notificación de la convocatoria, ya que, nuevamente no se ajustó a las reglas de notificación que este Tribunal le ha hecho de su conocimiento a la autoridad responsable. Cuestión que se ha realizado de manera reiterada.
Además, se advierte que el reconocimiento de los derechos de la mujer a una vida libre de violencia y discriminación, y de acceso a la justicia en condiciones de igualdad, implica la obligación para todos los órganos jurisdiccionales del país de impartir justicia con perspectiva de género.
Por lo tanto, se ordenó al presidente municipal notificar a la Regidora Quinta de acuerdo a las reglas de notificación, además el OPLEV debe inscribir al Presidente de Altotonga, en el registro de personas condenadas y sancionadas por violencia política.
Como medida de no repetición se da vista al Consejo General del OPLEV para que determine la sanción que corresponda en contra del Presidente Municipal, también se da vista a la Fiscalía General del Estado de Veracruz para iniciar una investigación imparcial con relación a los hechos reclamados, así como al Instituto Nacional Electoral (INE) para los efectos que estime pertinente, respecto de su catálogo de registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política en razón de género.