24 de Noviembre de 2024
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Planea CGJ reglamento para revitalizar Cejav

 

 

 

 

 

 

 

Ángeles Anell

Xalapa

Este martes, 05 de mayo, entró en vigor la reforma a Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos por lo cuál el Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz (CEJAV) deja de estar adscrito al Poder Judicial y ahora forma parte de la Administración Pública Estatal, como un Organismo Público Descentralizado (OPD).

En este contexto, esta tarde el gobernador Cuitláhuac García visitó la Magistrada Presidenta del TSJ, Sofía Martínez Huerta para hablar de los nuevos cambios en materia de austeridad, ya que ahora ya no habrá tres consejeros que lo integraban así como tampoco significarán una carga al erario ya que devengaban un salario similar a la de un Magistrado del Tribunal.

A través de sus redes el Mandatario escribió "Con motivo de los cambios en la Ley de medios alternativos para la solución de conflictos del Estado, visité a la magistrada presidenta del tribunal, Lic. Sofía Martínez Huerta, y convenimos en revitalizar el CEJAV e implementar la nueva estructura".

En relación a cómo estará integrada el Centro Estatal, a partir de ahora contará con un Órgano de Gobierno, que será su instancia superior y una Dirección General, cuyo titular será nombrada y removida libremente por el Gobernador del Estado.

El Órgano de Gobierno estará integrado por el titular del Ejecutivo Estatal, quien lo presidirá y en su ausencia lo suplirá la persona titular de la Presidencia del TSJ.

Además, lo integrará el o la titular de la Presidencia del Tribunal, un Magistrado o Magistrada del TSJ; un Magistrado o Magistrada integrante de la Visitaduría del Poder Judicial; los titulares de SEGOB, SEFIPLAN y Trabajo.

También lo conforman el o la titular de la Dirección General del Centro Estatal de Justicia Alternativa, quien fungirá como Secretaria Técnica o Secretario Técnico y un Comisario que será designado por la Contraloría General del Estado.

A partir de este martes el Órgano de Gobierno contará con 120 días para emitir el Reglamento y demás normativa correspondiente prevista en el Decreto.