25 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Semarnat niega permiso para construir relleno sanitario

 

 

 

 

 

 

Al ayuntamiento de Veracruz.

JOSÉ JUAN GARCÍA/AVC

VERACRUZ

La Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat negó la autorización para construir un relleno sanitario nuevo al ayuntamiento de Veracruz, ya que el área donde se pretende construir se encuentra dentro o cercana a ecosistemas, como una duna transgresiva parabólica fija, a vegetación de selva baja, a cuerpos de agua e incluso a 90 metros del área natural protegida en la categoría de corredor biológico multifuncional denominada “Archipiélago de Lagunas Interdunarias de la zona conurbada de los municipios de Veracruz y La Antigua”.

Al resolver sobre la Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular (MIA-P), correspondiente al proyecto denominado “Proyecto ejecutivo del Sanitario por el Municipio de Veracruz”, el cual se ingresó a la DGIRA el 22 de marzo pasado y quedó registrado con la clave 30VE2019I0035, la DGIRA advirtió que las autoridades municipales no podrán iniciar obras y actividades en el terreno que propusieron para construir el relleno sanitario nuevo en tanto no cuenten con la autorización correspondiente.

En la resolución, que se publicó en la Gaceta Ecológica 055/19 de la Semarnat, se recomienda a las autoridades municipales de Veracruz localizar otro sitio adecuado para la construcción del relleno sanitario.

Además, la Semarnat precisa que el ayuntamiento de Veracruz deberá presentar otra Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular en el caso de que persista en el proyecto, pero previo cumplimiento de las disposiciones legales aplicables en materia ambiental y subsanando las deficiencias señaladas en el resolutivo.

Sin embargo, la dependencia federal aclaró que la resolución emitida en el caso del relleno sanitario nuevo podrá ser impugnada por las autoridades municipales mediante un recurso de revisión en un plazo de 15 días hábiles a partir de que surta efectos la notificación correspondiente.

Por último, la Semarnat notificó de la resolución a la síndica Alma Aída Lamadrid Rodríguez para los efectos legales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para su conocimiento.