26 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Condonan tenencia y derecho vehicular en Veracruz

 

 

 

 

Yhadira Paredes. Xalapa, Ver.- Se dio a conocer en la Gaceta Oficial del Estado, número 480 extraordinario, el decreto por el que a partir de este mes de diciembre se condona el pago del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a los conductores del servicio público y privado que adeuden desde el 2013 al 2017.

 

De acuerdo al documento se otorgan diversos beneficios fiscales a personas físicas o morales y que se encuentren inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en Materia Vehicular del Servicio Privado y Público y se informa que se condona el pago del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios a las personas físicas o morales, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en Materia Vehicular del Servicio Privado y Público, que se hayan causado en los ejercicios fiscales 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017. 

 

Para acceder a este beneficio se tendrá que dar de alta el vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia de control vehicular; que se tramite por el beneficiario dentro del plazo del 1 de diciembre de 2017 al 30 de abril de 2018 en los términos a que se refiere el presente Decreto, a través de la Oficina Virtual de Hacienda o por demás medios que para tal efecto autorice la Secretaría de Finanzas y Planeación.

 

El beneficiario deberá regularizar su situación fiscal pagando los derechos de registro y control vehicular omitidos, así como las demás contribuciones no amparadas en el presente instrumento que se hayan causado. 

 

Se anunció que se condonarán al 100 por ciento la actualización, los recargos y multas de personas físicas y morales, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes por concepto de derechos de control vehicular previstos en el artículo 16 apartados B fracción II y C fracción II, del Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que se hayan causado durante los ejercicios fiscales 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017, siempre y cuando paguen los derechos de control vehicular omitidos.

 

En un 60% el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU), para toda aquella persona física o moral, propietario de vehículos del servicio privado o público, que tramite un cambio de propietario dentro del período de vigencia del presente Decreto, respecto de aquellas cesiones de derecho que procedan de los ejercicios fiscales 2017 y anteriores. 

 

Se condona al 100% la actualización, recargos y multas a las personas físicas y morales propietarias de vehículos del servicio privado y público, que tengan adeudos del Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU), causados en el Ejercicio Fiscal 2017 y anteriores, siempre y cuando tramiten el cambio de propietario dentro del período de vigencia del presente Decreto. 

 

Se condonan al 100% los derechos de control vehicular causados en el Ejercicio Fiscal 2016 y anteriores; así como los derechos por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral fuera del plazo establecido por el Ejecutivo del Estado.

 

A los propietarios de motocicletas, motonetas y cuatrimotos que no estén inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes y acudan a la oficina de su jurisdicción correspondiente a su domicilio fiscal a presentar su aviso de alta, pagarán los derechos de alta vehicular, control vehicular del presente Ejercicio, Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación y en su caso el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU), en términos de los artículos cuarto y quinto del presente Decreto. 

 

Las personas físicas y morales propietarias de vehículos del servicio privado y público que se encuentren al corriente al 31 de diciembre de 2017, y que enteren los derechos de control vehicular dentro de los meses de enero y febrero de 2018, gozarán de un beneficio en el primer mes del 10% y en el segundo mes del 5% de disminución durante este período. 

 

Las personas físicas y morales propietarias de vehículos del servicio privado modelo 2011 y anteriores que tengan adeudos por los ejercicios fiscales 2017 y anteriores pagarán únicamente los derechos de control vehicular causados en el Ejercicio Fiscal 2018, los derechos por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral. 

 

Este beneficio entrará en vigor a partir del 1 de enero hasta el 30 de abril de 2018. 

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