Yhadira Paredes Xalapa, Ver.- De acuerdo a la Gaceta Oficial del Estado del lunes pasado el Fiscal General del Estado deberá rendir un informe de sus actividades de manera anual, pero a puerta cerrada, es decir, no en una sesión pública, ante los diputados locales.
Luego que se dio a conocer el Decreto 290 que reforma la Fracción XXXIII del Artículo 33, se adiciona un segundo párrafo y recorre el subsecuente del artículo 67, así como la reforma del inciso e de la fracción I de la Constitución Politica del Estado, quedó establecido que el fiscal deberá comparecer ante los legisladores cuantas veces sea requerido.
Ahí mismo se establece que la sesión no será pública y que los asistentes deberán guardar reserva sobre cualquier asunto abordado en dicha reunión, en relación con una investigación o proceso.
El decreto establece que para efectos de que los Organismos Autónomos del Estado rindan cuentas sobre el estado que guarda su gestión, deberán presentar anualmente un informe de actividades al Congreso del Estado, conforme al formato que establezca la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su respectivo Reglamento.
Para el caso del Fiscal General éste presentará anualmente un informe de actividades ante los Poderes Legislativo y Ejecutivo y deberá comparecer ante el Congreso cuando éste así lo requiera para informar sobre un asunto de su competencia.
En este último caso, la comparecencia se efectuará ante una Comisión del Congreso y la sesión no será pública, debiendo los asistentes guardar reserva sobre cualquier asunto abordado en relación con una investigación o proceso.