Yhadira Paredes. Xalapa, Ver.- En Veracruz aquellos que abandonen a menores de edad, personas enfermas, adultos mayores o con incapacidad y sean expuestos a riesgos en su integridad física se harán acreedores a castigos de entre dos a seis años de prisión y multas de hasta 300 días de salario mínimos.
En la Gaceta Oficial del Estado, extraordinaria publicada este martes se dio a conocer el decreto 6 del Gobernador Miguel Ángel Yunes Linares que reforma al artículo 156 del Código Penal del estado de Veracruz.
Dicho artículo expone que quien abandone a menores o personas enfermas, adultas mayores o incapaces de cuidarse por sí mismos, exponiéndolas a un peligro en su integridad física, teniendo la obligación de cuidarlas, se le impondrán de dos a seis años de prisión y multa hasta de trescientos días de salario.
Además si el activo fuese ascendiente o tutor del ofendido, se le privará de la patria potestad o de la tutela o custodia, así como del derecho a heredar si estuviere en aptitud legal para ello.
En las argumentaciones de la ley se señala que la población adulta mayor es de 558 mil y atendiendo a los 7 millones 643 mil 194 de veracruzanos, representan un número ligeramente mayor a la media nacional de 7.3.
Los adultos mayores, por ejemplo, de manera deliberada son abandonados por hijos o familiares cercanos, de ahí la importancia de sancionar estas acciones.