Redacción. Xalapa, Ver. De aprobarse la iniciativa de la diputada Mónica Robles Barajas para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Civil para el Estado de Veracruz, las concubinas o concubinarios podrán recibir una pensión alimenticia cuando carezcan de ingresos o bienes suficientes para su sostenimiento.
La legisladora presidenta de la Comisión de Igualdad de Género confió en que las diputadas y diputados que integran el actual Congreso local, antes de que concluyan sus funciones aprueben esta iniciativa que presentó ante el Pleno de la LXIII Legislatura durante la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, del pasado jueves 28 de julio.
Robles Barajas propone que a la concubina y el concubinario les sean reconocidos derechos y obligaciones recíprocos, cuando hayan vivido en común en forma constante y permanente por un periodo mínimo de dos años o en su defecto, tengan hijos en común.
La iniciativa establece que al cesar la convivencia la concubina o concubinario que carezca de ingresos o bienes suficientes para su sostenimiento tiene derecho a una pensión alimenticia.
Esta prestación durará hasta que la personas tenga posibilidades de satisfacer sus necesidades mínimas. Sin embargo, no podrá reclamar alimentos quien sostenga un nuevo concubinato o contraiga matrimonio.
La diputada Mónica Robles Barajas recordó que el documento de la iniciativa fue elaborado conjuntamente por abogados especialistas, legisladores, legisladoras y la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, para que tanto las mujeres como hombres tengan igualdad de derechos civiles y fortalecer los de niñas, niños y adolescentes.
La regulación de los derechos civiles de la mujer a lo largo de la historia, expuso la representante del Distrito XXIX de Coatzacoalcos, ha tenido un tratamiento diferenciado, de forma que los derechos y privilegios han sido casi exclusivamente para los hombres.
La política, el trabajo y sobre todo la familia se han presentado como ámbitos propicios para la desigualdad, concluyó.