24 de Noviembre de 2024
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Cámara de Diputados avala su Código de Ética

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma su reglamento para expedir el Código de Ética e incluir como obligación de los legisladores acatar disposiciones y procedimientos de su Código de Conducta.

El documento se aprobó en lo general con 318 votos a favor, 26 en contra y 35 abstenciones, en tanto que las reservas presentadas a cinco artículos por las bancadas de Morena y Movimiento Ciudadano fueron rechazadas y se avaló en lo particular con 287 votos a favor, 45 en contra y 33 abstenciones.

La propuesta fue elaborada por la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con base en iniciativas que presentaron por separado los diputados Carolina Monroy del Mazo, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), y el panista Jorge Triana Tena.

Plantea la creación de un ordenamiento jurídico, con el objetivo de establecer las normas éticas que regirán la aplicación de los legisladores y el procedimiento para su cumplimiento.

La aplicación de ese código en ninguna circunstancia obstaculizará el fuero constitucional ni impedirá el libre ejercicio de sus derechos, así como la libre manifestación de sus ideas y expresión.

Triana Tena, del Partido Acción Nacional (PAN) y presidente de la Comisión de Régimen, presentó una agenda que fue aprobada poco después y fundamentó el dictamen.

Expuso que de acuerdo con una encuesta levantada en 2015, diputados y senadores tienen una calificación de apenas 5.2 en una escala de 10, y reconoció que excesos y abusos de muchos representantes populares en varias legislaturas han afectado la imagen del legislativo.

El panista consideró que se debe actuar en consecuencia “porque peligra la legitimidad que como Congreso tenemos, de ser freno y contrapeso de las decisiones del Ejecutivo y de ser representantes populares”.

También dijo que es imperativo que la Cámara de Diputados cuente con un código deontológico de principios y preceptos a seguir, que de manera paradójica no existe para el Legislativo, mientras que en el Poder Ejecutivo se tiene desde 2002 y el Judicial desde 2014.

En la adición de la fracción XX al Artículo 8 del Reglamento de la Cámara de Diputados se establece “acatar las disposiciones y procedimientos del Código de Ética de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión”.

El artículo segundo del reglamento expide el Código de Ética de la Cámara de Diputados, para establecer las normas en esa materia que regirán la actuación de los diputados y el procedimiento para su cumplimiento.

Se precisa que “la aplicación de ese código en ninguna circunstancia obstaculizará el fuero constitucional ni impedirá el libre ejercicio de sus derechos a diputadas y diputados, así como la libre manifestación de sus ideas y libertad de expresión”. Subraya que los diputados “están constreñidos al cumplimiento de los siguientes principios, que deberán observar en el desempeño de su encomienda pública”: legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, los cuales se desarrollan en artículos posteriores.

También refiere que deben actuar con respeto, ejemplo público, transparencia, honradez, independencia, cordialidad, profesionalismo, tolerancia, responsabilidad, integridad, objetividad y “todas aquellas que abonen a la productividad legislativa, al cumplimiento de las obligaciones y deberes que la Constitución y las leyes les confieren”.

Prevé la creación de un Comité de Ética con los miembros del Comité de Decanos y un diputado representante de cada grupo legislativo, así como, en su caso, un representante de los diputados independientes.

Esa instancia promoverá el cumplimiento y la observancia de las disposiciones del código y difundirá los principios de conducta y deberes éticos entre las y los diputados, sus colaboradoras y colaboradores, así como de los integrantes de los Servicios Administrativos y Parlamentarios de la Cámara.