24 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Profepa anuncia clausura de Clorados III

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró temporalmente lo que quedó de las instalaciones de la planta Clorados III, ubicada en el complejo petroquímico Pajaritos.

En un comunicado, la dependencia precisó que lo anterior fue resultado de la inspección realizada con motivo de la explosión e incendio ocurrido el día 20 de abril del 2016 en la empresa Petroquímica Mexicana de Vinilo, S.A. de C.V.

“A criterio de la Profepa, en las acciones de respuesta para el control de dicho evento se generaron residuos peligrosos provenientes de las diferentes sustancias químicas que se encontraban en los equipos de proceso como el ácido clorhídrico, Etano, Etileno, catalizador de Cloruro Cúprico y 1,2 Dicloroetano, los cuales tienen características de peligrosidad y deberán ser retirados y enviados a empresas autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su disposición final”, detalló.

A ocho días de la explosión, Profepa ordenó realizar y presentar un Estudio de caracterización y un programa de remediación, ya que los materiales y residuos peligrosos generados con motivo de la explosión, incendio y acciones para su atención pudieron haberse desplazado en la parte interna y externa del Complejo petroquímico.

La clausura temporal de la Planta de Clorados III, anotó, será levantada hasta que la empresa cumpla con las medidas que le fueron ordenadas, y cuando se haya presentado información sobre el inicio de acciones necesarias para la reparación de los daños para evitar que se incremente el deterioro ocasionado al ambiente.

El acceso se permitirá a las instalaciones de la Planta de Clorados III para que se lleven a cabo las medidas correctivas señaladas, así como para realizar las actividades y medidas a la atención de la emergencia, y las relativas para la prevención y atención de un incidente o emergencia que se llegara a suscitar.

La clausura ordenada, agregó, no implica impedimento alguno del acceso a esta Autoridad Ambiental Federal o de cualquier otra, para la realización de las acciones que las mismas consideren pertinentes llevar a cabo.