El Senado de la República avaló diversas reformas legales que obligan al IMSS y al ISSSTE a atender urgencias obstétricas, sin importar si la paciente embarazada está o no afiliada a alguna de estas instituciones.
En un comunicado, se precisó que dichas reformas a la Ley General de Salud, a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social y a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, fueron aprobadas por el Senado y publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en noviembre pasado.
“A partir de estas reformas, aprobadas en sesión ordinaria del Senado, el pasado 15 de octubre, se establece el mecanismo de portabilidad de los servicios públicos de salud y de seguridad social, con lo que se eliminan las barreras para el acceso a la atención efectiva y oportuna a toda mujer que enfrente una urgencia obstétrica”, se precisó.
Las leyes establecen de manera explícita la obligación de las instituciones públicas de Salud y de Seguridad Social de atender a las mujeres embarazadas que presenten una urgencia obstétrica, independientemente de su afiliación a cualquier esquema de aseguramiento.
Con esta nueva disposición, cualquier mujer embarazada, en situación de emergencia obstétrica, puede solicitar la atención de manera directa o mediante referencia de otra unidad médica, en las unidades con capacidad para brindar este tipo de atención.