EL UNIVERSAL
CIUDAD DE MÉXICO
La Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México desechó un recurso promovido por el diputado de Morena Alberto Vanegas en contra de la iniciativa ciudadana que busca prohibir las corridas de toros en la capital del país.
Lo anterior significa que queda sin efecto la suspensión anunciada la semana pasada para discutir y analizar esta reforma, que ya podrá ser dictaminada por la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso capitalino.
La Sala Constitucional se declaró incompetente para atender esta solicitud del legislador que consultó sobre la ponderación de esta iniciativa en materia económica para los barrios y comunidades indígenas de la Ciudad de México.
"Resulta evidente apreciar que en la especie, esta Sala Constitucional, no cuenta con facultad legal alguna para emitir opiniones, comentarios, y/o determinaciones al órgano creador de leyes respecto de iniciativas de ley, propias de su estricta competencia, no existiendo fundamento legal alguno para solicitarlo; como tampoco para que esta Sala se pronuncie al respecto en el sentido solicitado", señala la resolución.
Asimismo, se indica que esta reforma se encuentra en el proceso de iniciativa y formación de leyes, establecido en el artículo 30 de la Constitución local, por lo que ésta todavía no alcanza el estatus de Decreto o Ley, esto es, se encuentra dentro del periodo de creación de leyes, "por lo que pretender entrar al estudio de la solicitud planteada por el promovente sería invadir facultades originarias del Poder Legislativo".
"Todo lo antes señalado, hace improcedente la petición presentada a esta Sala Constitucional, de manera aislada por el diputado del Congreso de la Ciudad México Alberto Vanegas Arenas… por lo que la misma se desecha porque reveló su improcedencia. Por los motivos expuestos, no se colma el presupuesto procesal de competencia para que esta Sala se aboque al conocimiento de la solicitud de mérito, por no tener facultades constitucionales, ni legales", refiere el documento judicial.