6 de Diciembre de 2025
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Propone Ministro a Corte anular prisión preventiva forzosa

 

 

 

 

 

 

 

De haber aval, se impedirá que esa medida se siga aplicando en el país.

AGENCIAS

CDMX

La Suprema Corte de Justicia discutirá el 5 de septiembre un proyecto que rechaza la prisión preventiva oficiosa, y de ser aprobado con ocho votos, impedirá que esa medida se siga aplicando a los acusados por delitos en todo el País.

El Ministro Luis María Aguilar repartió hoy a sus colegas el proyecto, que establece la inaplicación del artículo 19 de la Constitución, en el párrafo que prevé la prisión preventiva forzosa para una lista de 16 delitos, que se ha ido incrementando mediante varias reformas impulsadas por el actual Gobierno.

Como consecuencia de esta inaplicación, el proyecto propone anular el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que prevé un catálogo de 45 modalidades de diversos delitos que también ameritan prisión forzosa.

La Corte nunca ha ordenado inaplicar una norma de la Constitución, pero en este caso, Aguilar lo considera posible, porque la prisión preventiva oficiosa viola derechos humanos previstos en tratados internacionales, y ha sido motivo de condena contra México por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

De darse los ocho votos, la Corte dejaría a los jueces penales en libertad de decidir, caso por caso, a quién se debe sujetar a prisión preventiva mientras se le juzga, sin importar el delito.

En otras palabras, ya solo existiría la prisión preventiva justificada, en la cual la fiscalía tiene que dar razones y pruebas para mantener al acusado en prisión, en vez de aplicar una medida cautelar menos rigurosa.

"Configurar a la prisión preventiva como la regla para la consecución del proceso penal le adjudica al proceso penal mexicano un carácter autoritario y arbitrario que atenta contra la propia funcionalidad del sistema", explica el proyecto, que sostiene que no se trata de una medida cautelar, sino de una pena anticipada.

"No considera la posibilidad del dictado de una sentencia absolutoria, no mira el resto de opciones disponibles para cumplir con los fines de la medida cautelar y, no considera los efectos nocivos que tiene la aplicación inmediata de la privación de la libertad. Es una visión parcial, incapaz de mirar al sistema penal de forma integral, anclada a una inercia sobre la operación y funcionamiento de los órganos de procuración e impartición de justicia, que ha quedado superada por la reforma Constitucional en materia de derechos humanos y la transformación del sistema de justicia penal", agrega.

El 17 de agosto, en su conferencia mensual, el Presidente Arturo Zaldívar, crítico acérrimo de la prisión preventiva, adelantó que la Corte estaba por discutir este asunto, que afirmó, podría cambiar la vida de miles de personas y desterrar el paradigma sobre el cual se ha construido la persecución de delitos en el país desde hace décadas.

Aguilar destaca en el proyecto que 92 mil 595 de las 226 mil 916 personas que estaban en prisión en junio pasado, el 40.8 por ciento, no han sido sentenciadas, así como el incremento de presos a partir de 2019, cuando empezó a crecer el catálogo de delitos de prisión forzosa.