
Le envió 119 mensajes de acoso, hasta que la víctima se quitó la vida.
EL PAÍS
ESPAÑA
Un jurado popular ha declarado este miércoles culpable de homicidio, con la agravante de superioridad, a Vicente Paradís por causar la muerte de un menor que se suicidó tras recibir 119 mensajes de acoso.
“Era sabedor de la angustia y el desasosiego que le estaba causando, hasta el extremo de querer quitarse la vida, y conociendo la alta probabilidad de que se produjera la muerte del menor y aceptándolo, continuó mandándole mensajes”, ha señalado el jurado en su veredicto, cuyas conclusiones han sido respaldadas por siete de sus nueve miembros.
El fiscal pide 14 años de cárcel para el condenado, de 62 años, y la acusación, 15 años. Ahora el magistrado tendrá que definir las penas y determinar el momento del ingreso en prisión del ya condenado.
Apenas ocho horas después de que comenzara la deliberación, el jurado ha emitido su veredicto en la sala 18 de la Ciudad de la Justicia de Castellón.
Impasible, el acusado, vestido de negro, cruzado de brazos y con la mirada fija en el portavoz, ha escuchado la lectura de los hechos considerados como probados y, por tanto, que lo señalan como culpable de causarle la muerte a Iván, que tenía 17 años. Dos mensajes han sido claves para la decisión.
El primero, uno de los cerca de una docena de los emitidos por el chaval, advirtiendo de que se iba a quitar la vida: “Me voy a suicidar”; el segundo, del hombre, contestándole “eso es cosa tuya”.
El jurado considera que pese a las súplicas, las peticiones de perdón y la angustia del menor, el acusado en ningún momento le dijo que no lo hiciera.
Además, los miembros del jurado han considerado que las diligencias policiales practicadas fueron correctas y que se mantuvo la cadena de custodia del móvil del menor, cuya posible ilegalidad fue el principal argumento de la defensa del acusado durante el juicio.
Según el jurado, además de la condena por homicidio, al condenado se le debe aplicar la agravante de superioridad, puesto que Paradís sabía que la persona con la que hablaba era menor de edad “y se aprovechó expresamente y concretamente de tal situación, sabiendo y conociendo de la inmadurez y de la vulnerabilidad del menor”.
Los hechos se remontan a 2016.
El joven entró en una página de contactos y comenzó a comunicarse con el acusado, casi 40 años mayor que él. Luego debió de arrepentirse y empezó el hostigamiento, que duró siete horas.
Durante solo tres de ellas, Paradís le envió 119 mensajes. El menor, Iván, contestó a algunos. Pidiendo disculpas, suplicando y advirtiéndole de que se quitaría la vida. Los mensajes del hombre no pararon.
“Si te suicidas, les dejarás el marrón a tus papás”, “vas a llorar lágrimas de sangre delante de los jueces y de tus padres”, fueron algunas de las respuestas que encontró. Hasta ocho meses después del suicidio, cuando se produjo el volcado del contenido del móvil, no se descubrió el asedio al que había sido sometido el chico.
Tanto el fiscal como la acusación particular se han basado en una doctrina llamada de imputación objetiva, que el Tribunal Supremo explica así: “La esencia de la teoría de la imputación objetiva radica en la idea de que el resultado lesivo debe serle imputado al acusado siempre y cuando dicho resultado sea la consecuencia o realización de un peligro jurídicamente desaprobado creado por aquel, pues si la víctima no se hubiera encontrado en la situación creada por el autor, no se hubiera producido el resultado que finalmente tuvo lugar”.
Ante la dificultad que para un jurado popular podía suponer la comprensión de esta doctrina cuando el Código Penal señala que el homicida es el que mata a otro, las acusaciones plantearon la opción de castigarle con un delito alternativo, el homicidio imprudente grave (que es el que se aplica a muchos casos de conducción temeraria con víctimas mortales).
A estas dos posibilidades, el magistrado añadió una tercera, homicidio imprudente leve, además de una cuarta que, de haber sido considerada por el jurado, hubiera supuesto la absolución del acusado.
El abogado que representa a la familia del menor, Juan Luis Serrano, considera que los miembros del jurado han entendido la teoría que él mismo resume como “si creas un riesgo ilegal y asumes el resultado que puede provocar, eres culpable”.
El letrado ha querido destacar además el sufrimiento de la familia durante los seis años que ha durado el proceso.