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VERACRUZ
El puerto de Veracruz es seguro, con plena responsabilidad social y ambiental, por lo que lleva a cabo una serie de protocolos de seguridad, los cuales dan certeza en la operación de carga y descarga de mercancías de todo tipo, incluyendo las denominadas peligrosas, las cuales se manejan con todo el cuidado y calidad que la norma establece.
Lo anterior es resultado de la aplicación irrestricta de la norma vigente para el manejo de cargas consideradas peligrosas, la cual establece que para poder almacenar estas mercancías, los recintos fiscalizados deberán de contar con un almacén o un área especial para este tipo de carga, esto conforme a lo establecido en el artículo 23, fracción II de la Ley Aduanera y en aplicación a la NOM-033-SCT4-2013, o a su homóloga vigente, lo que es relativo a los lineamientos para el ingreso de mercancías peligrosas a instalaciones portuarias.
Así como a la NOM-023-SCT4-1995 o su homóloga vigente, que establece las condiciones para el manejo y almacenamiento de mercancías peligrosas en puertos, terminales y unidades mar adentro.
Para el pleno cuidado de este tipo de cargas, existen procedimientos para el manejo y almacenamiento temporal de productos, sustancias, materiales y mercancías peligrosas en el puerto, donde primero se define a las mercancías peligrosas por sus altos índices de inflamabilidad, explosividad, toxicidad, reactividad, radiactividad, corrosividad o acción biológica, las cuales pueden ocasionar una afectación significativa al ambiente, a la población o a la infraestructura.
Cabe aclarar que en cuanto a sustancias explosivas y radiactivas se procura que se descarguen en forma directa, es decir, sin posibilidad de almacenaje en el puerto.
Desde su ingreso al recinto portuario, las mercancías peligrosas son objeto de una segregación o disposición alejada de otras cargas, lo cual se basa en los criterios del Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, teniendo un plazo para su desalojo hasta de 3 días, y si no se recogen causarán abandono, siendo puestas a disposición de la autoridad aduanera.
Este procedimiento está indicado en las Reglas de Operación del Puerto de Veracruz, siendo del pleno conocimiento tanto de las terminales como los cesionarios que se encuentran dentro del Recinto Portuario que son las empresas que se dedican a su operación y manejo desde su descarga del buque.
Cabe resaltar que toda la carga debe estar documentada y liberada por la autoridad aduanara. De esta manera, el Puerto de Veracruz refrenda su compromiso con la seguridad de todos los trabajadores portuarios, instalaciones y la ciudadanía veracruzana.