El aumento al salario mínimo no es justificación para aumentar costos en mercancía o servicios
Por Esperanza Barrientos Soto
Para evitar abusos y violaciones a los consumidores, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) realizó un operativo durante el pasado mes de diciembre, en donde se verifico y sancionó a tiendas de autoservicio, departamentales y de convivencia por aumentar los precios con el pretexto de la entrada en vigor de la Reforma Hacendaria.
Vía comunicado, la Profeco aclaró que la información que se maneja en diversos carteles con aumentos injustificados es incorrecta, lo que viene a afectar a la economía de las familias.
La misma dependencia aclaró que no todos los productos debe de aumentar de precio, por lo que explicó que la verdadera influencia en los precios de la reforma hacendaria no debe de impactar en toda la tienda.
Por lo que índico, que esta nueva ley, en especial los ajustes del IVA, el IEPS a bebidas saborizadas y el gravamen que se aplica a alimentos con alto contenido calórico, solo son unos productos, por lo que los precios en general no deben de subir.
Por ejemplo, la tasa de IEPS que se aplica a las cervezas y bebidas alcohólicas no se incrementó, por lo continua con el mismo valor que la del año 2013, por lo que es incoherente que suban los precios en este rubro.
Otro de las señalizaciones de la Profeco, es que los alimentos con alto contenido calórico no se debe de aplicar de manera general en todos los productos de abarrotes, porque la misma ley exenta a unas variedades de sopa instantánea.
Lo mismo sucede con las bebidas saborizadas, ya que se aplicará el aumento siempre y cuando este procesadas con azúcar, por lo que las bebidas de dieta no deben de ser afectadas ni la leche con algún sabor.
En el caso de los productos de higiene y de hogar, no tiene ningún aumento programado ni impuesto que provenga de la Reforma Hacendaria. Un producto que entra en este rubro son los plaguicidas, los cuales dependerán de la toxicidad que tenga, por ejemplo lo de categoría menor no se aplicara ningún impuesto, y dependiendo su grado el IEPS será del 3 al 4.5 por ciento.
También, el reporte menciona que el transporte público, que se encuentra en las áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas, se mantiene exento de pago del IVA del 16 por ciento, por lo que un alza en este rubro no se contempla.
La Profeco subrayó que es obligación de los proveedores de este servicio de transporte, el de brindar información al usuario, la cual debe de ser clara, veraz y comprobable, ya que si se detecta la omisión de datos o generalizar aumentos se les sancionara con multas de hasta 3.6 millones de pesos.
Al finalizar, recalcó que no se tolerará aumentos en productos o servicios con el pretexto de la Reforma Hacendaria o se llegue a manipular la información que perjudique a los consumidores.
En el caso de Tuxpan, esta dependencia no cuenta con una oficina de recepción de quejas, pero deja abierta la lada sin costo 01-800-468-8722, su cuenta en redes sociales @Profeco y la página institucionalwww.profeco.gob.mx, en caso de que algún ciudadano detecte este tipo de anomalías, a fin de que se verifique la tienda y se sancione si es necesario.